En el delito de estafa, el fraude puede estar integrado por ardides o por engaños; en el sentido de la ley, la diferencia entre ambos conceptos atiende a la forma de perpetrar la acción engañosa que constituye el fraude; el ardid indica la utilización de maniobras o artificios destinados a engañar; para el engaño basta la afirmación o la negación contraria a la verdad.