La excesiva proliferación de las leyes penales en blanco en los estatutos punitivos dan lugar a una serie de desventajas como son: la excesiva indeterminación de la conducta típica con el consiguiente desmedro de la seguridad jurídica y la función preventivo-general que la norma aporta a los ciudadanos; y, las dificultades que entrañan al aplicador del Derecho Penal en la tarea interpretativa, pues le obligan a remitirse a ámbitos jurídicos o que le son desconocidos o que no conoce tan bien como el penal propiamente dicho.