Cada derecho incluye un conjunto de facultades que permiten identificarlo en abstracto bajo esa denominación, en un determinado momento histórico, el cual, en ningún caso, puede ser alterado por los poderes públicos que limitan los derechos; de modo que el contenido esencial se erige como una garantía de los derechos, y la exigencia de su respeto deriva de la Constitución de la República.