La doctrina tributaria utiliza en la sujeción o conexión de las normas, el criterio de la residencia efectiva, lo que sucede es que el legislador ha querido establecer el principio de la vecindad de hecho, - que no coincide con la jurídica- ya que se sujetan a tributación las rentas de determinadas personas que, de lo contrario, escaparían con facilidad al control de la Administración Tributaria.