La propiedad se adquiere y transfiere sin necesidad de la inscripción; ésta únicamente tiene como finalidad -en el caso de los bienes inmuebles- la publicidad de la propiedad -así lo regula nuestro Código Civil a fin de ponerla a la vista de todos, con sus mutaciones, cargas, divisiones, etc., logrando con ello facilitar la circulación de los bienes inmuebles, evitar los inconvenientes de la clandestinidad y desarrollar el crédito.