VOTO DISIDENTE

La intención de mejorar y revalorizar las pensiones no es congruente con el concepto de persona humana, a quien, por acuerdos suscritos en el ámbito del Derecho Internacional, deben mejorársele progresivamente sus derechos sociales, económicos y culturales, lo que implica que no pueden negársele o suprimirse aquellos derechos que ya le fueron reconocidos con anterioridad y que ya forman parte de su patrimonio.