Entre las pautas que rigen la interpretación constitucional de los derechos fundamentales está el principio de corrección funcional que pretende no contradecir la distribución de funciones, atribuciones y competencias entre los órganos del Estado; fuerza normativa: la interpretación nunca debe restarle fuerza normativa a la Constitución; y el principio pro libertate: la interpretación debe ser la más favorable para el ejercicio de los derechos.