Las penas privativas de libertad deben ofrecer posibilidades a la persona de afrontar y superar las causas de su delincuencia, pues el cumplimiento de la pena no puede consistir en ningún momento en un aislamiento del medio social, sino que deben existir un conjunto de instituciones que atenúen la gravedad de la restricción, posibilitando el contacto del penado con el mundo exterior.