Los diferentes ilícitos penales cuentan con penas diversas y, se adecuan entre otras razones al valor del bien jurídico protegido, la intensidad del ataque, la intención revelada por el agente, y aún a la gravedad del resultado; por tanto, todos los delitos no pueden tener una igual pena, y ello no significa necesariamente una violación al principio constitucional de igualdad.