La excesiva proliferación de las leyes penales en blanco propias en los estatutos punitivos dan lugar a una serie de desventajas como cuando el complemento de la norma penal constituye una disposición emanada de una autoridad diferente al Legislativo, y que suele ser regularmente de inferior jerarquía, lo cual constituye una infracción al principio constitucional de la división de poderes dentro del marco del Estado Constitucional.