La excesiva proliferación de las leyes penales en blanco propias en los estatutos punitivos dan lugar a una serie de desventajas como las dificultades que entrañan al aplicador del Derecho Penal en la tarea interpretativa, pues le obligan a remitirse a ámbitos jurídicos que no conoce tan bien como el penal propiamente dicho; además de encontrarse con la discordancia relativa al alcance y contenido de ambos tipos de normas.