Los actos procesales no son simples solemnidades, por el contrario, éstos inciden en el ejercicio de los derechos de audiencia y defensa de las partes; por tanto, la configuración de los mismos bajo circunstancias que obstaculizan su eficacia, constituye un óbice para que la persona -que se ve directamente afectada por el contenido de la resolución a notificar- actúe en defensa de sus derechos.