El secuestro de bienes, se trata de una medida cautelar mediante la cual el juzgador está facultado para limitar derechos, tales como el de propiedad y posesión; y, es que, las medidas cautelares, son eminentemente provisionales y se rigen por los supuestos de apariencia de buen derecho y el peligro en la demora, a fin de asegurar la adquisición material de la prueba.