En el Derecho Penal Salvadoreño vigente son tres las causas de exclusión de la responsabilidad penal, por las cuales es menestar la declaratoria de inimputabilidad, las cuales son encontrarse en un estado de enajenación mental, haber actuado bajo una grave perturbación de la conciencia, o, adolecer de algún grado de desarrollo psíquico retardado o incompleto.