En el delito de cheque sin provisión de fondos la conducta típica específica consiste en librar; es un elemento normativo de carácter jurídico cuyo concepto podemos construirlo de las disposiciones pertinentes en el Código de Comercio del cual extraemos que el libramiento implica elaborar el documento en el formulario correspondiente y autografiándolo; además, girarlo, o sea, ponerlo en circulación mediante la entrega.