El derecho de libertad, globalmente considerado, presenta una dimensión subjetiva que se traduce en concretas proclamaciones a través del reconocimiento de los derechos fundamentales y libertades recogidos en nuestra Constitución, siendo -a vía de ejemplo- algunas de sus manifestaciones, la libertad de cultos; la libertad física o personal; la libertad de circulación o deambulatoria; y la libertad de asociación -entre otros-.