El principio de irretroactividad de la ley puede comprenderse fácilmente si se parte del análisis de su contrario, es decir, la retroactividad de la ley; ésta significa una extensión de la vigencia de la ley hacia el pasado, en cuanto implica subsumir ciertas situaciones de hecho pretéritas que estaban reguladas por normas vigentes al tiempo de su existencia, dentro del ámbito regulativo de las nuevas normas creadas.