Entre las formalidades que persiguen la efectividad de la notificación se encuentra la existencia de un medio de constancia fehaciente sobre su realización y recepción, lo cual implica que la notificación debe practicarse por medios que permitan tener constancia efectiva, no solo de la fecha en que se realiza, sino de su recepción y de la identificación del acto notificado. Esto tiene como finalidad que los sujetos interesados conozcan de las resultas de la sustanciación y puedan recurrir de las mismas.