El principio de legalidad es la expresión del principio nullum crimen, nulla poena sine lege; dicha categoría jurídica rige la actividad estatal, siendo que dicho principio no hace referencia sólo a la legalidad secundaria, sino que se extiende al sistema normativo como unidad; es decir, la legalidad supone respeto al orden jurídico en su totalidad, lo que comprende desde luego la Constitución.