Otra clasificación de los impuestos es: impuestos periódicos e instantáneos: en los periódicos el presupuesto de hecho goza de continuidad en el tiempo, de forma que el legislador se ve obligado a fraccionarlo, de tal suerte que a cada fracción resultante asocia una deuda tributaria distinta; por su parte, en los instantáneos, el presupuesto de hecho se agota, por su propia naturaleza, en un determinado período de tiempo.