La legislación salvadoreña contempla el caso de una renovación tácita del arrendamiento, cuando regula la figura de la tácita reconducción, esto es, la tolerancia del arrendador cuando finalizado el tiempo que se ha pactado para el contrato, sigue permitiendo al arrendatario disfrutar de la cosa arrendada. Lo fundamental es que se manifieste claramente que las partes quieren continuar con el contrato.