El non bis in idem se refiere genéricamente a la prohibición de ser juzgado dos veces por una misma causa; está conformado esencialmente, por dos vocablos, que le dan su significado: "enjuiciado" y "causa"; el vocablo enjuiciado atañe a la operación racional y lógica del juzgador a través de la cual se decide definitivamente el fondo del asunto de que se trate; y la frase misma causa alude a la identidad absoluta de pretensiones.