La interpretación extensiva y analogica de la norma unicamente es permitida cuando beneficia al acusado, en base al principio constitucional prohominis en el sentido que cuando una norma restringe derechos al ser humano la interpretación de la norma tiene que ser restrictiva y si es posible hasta literal y cuando la norma concede derechos a una persona se puede interpretar en forma extensiva y analogica.