La diferencia entre leyes autoaplicativas y las heteroaplicativas, radica en que las primeras, son normas que producen efectos jurídicos desde el momento mismo de su promulgación, en cambio, las segundas requieren necesariamente de un acto posterior de aplicación por alguna autoridad, para que se produzcan las consecuencias jurídicas, caso contrario estariamos en ausencia de agravio, que es el requisito para que proceda el amparo.