Los efectos del litisconsorcio necesario varian según la modalidad: un caso se da cuando los litisconsortes necesarios actúan como demandantes y la sentencia se pronuncia sobre el fondo a pesar de faltar uno de ellos: si la sentencia es desfavorable de los primeros, procede entonces declarar la inhibitoria, que como tal no produce efectos de cosa juzgada contra los ausentes.