La agresión ilegítima debe recaer ya sea sobre derechos o bienes o sobre la persona misma o un tercero, el ataque debe constituir delito, no se trata de cualquier acción de omisión y debe poner en peligro grave de deterioro o pérdida inminente del derecho o bien jurídico individual que son por los que el sujeto puede individualmente actuar en su defensa.