Orden público es sinónimo de orden social y, en consecuencia, todas las leyes de Derecho Público son o pertenecen al orden público; también existen disposiciones que afectan tanto el interés particular como el interés general de toda la sociedad, constituyendo leyes de interés público o interés social, que contienen reglas indispensables para la vigencia de la seguridad de las relaciones de los individuos entre sí.