RESIDENCIA
DEFINICIÓN
“La residencia, como primer punto
que constituye al domicilio, es un hecho material que se refiere a la presencia
física en un lugar y es en este, donde mora una persona; luego, un individuo
puede tener dos o más residencias, al contrario del domicilio, que es de
derecho y subsiste sin que sea necesario, por parte del domiciliado, habitación
real en ese lugar. La residencia se adquiere por la habitación y se pierde con
ella; el domicilio es independiente de la habitación y la efectividad de este
último no siempre se deduce de los meros hechos materiales o de circunstancias
puramente exteriores. La relación entre la residencia y el domicilio, consiste
no solo en las circunstancias, sino además en el ánimo.¨
205-COM-2022