RESIDENCIA

DEFINICIÓN

“La residencia, como primer punto que constituye al domicilio, es un hecho material que se refiere a la presencia física en un lugar y es en este, donde mora una persona; luego, un individuo puede tener dos o más residencias, al contrario del domicilio, que es de derecho y subsiste sin que sea necesario, por parte del domiciliado, habitación real en ese lugar. La residencia se adquiere por la habitación y se pierde con ella; el domicilio es independiente de la habitación y la efectividad de este último no siempre se deduce de los meros hechos materiales o de circunstancias puramente exteriores. La relación entre la residencia y el domicilio, consiste no solo en las circunstancias, sino además en el ánimo.¨

 

 

205-COM-2022