PROCESO EJECUTIVO DERIVADO DE OBLIGACIONES PREVISIONALES
SERÁ COMPETENTE EL JUEZ DONDE SE DESARROLLA EL QUEHACER DEL COMERCIANTE SOCIAL
DE QUE SE TRATA, DONDE NACIÓ O DEBE SURTIR EFECTOS LA SITUACIÓN O RELACIÓN JURÍDICA
A QUE SE REFIERE EL PROCESO Y DONDE POSEE ESTABLECIMIENTO A SU CARGO
“En el presente caso,
es menester determinar qué tribunal es competente para conocer del mismo,
estimando que la misma, de acuerdo a su escritura de constitución es del
domicilio de Cuscatancingo, departamento de San Salvador, y además, que por ser
la demandada un comerciante social, existen varios criterios de competencia,
contemplados en el Código Procesal Civil y Mercantil, que le son aplicables al
caso, y no únicamente aquel estipulado en el art. 33 inciso 1° CPCM.
Abonando al caso,
tenemos que el art. 34 incisos 1° y 2° CPCM, establece otros criterios de
competencia en razón del territorio que podrían aplicarse en el caso bajo
estudio, de tal suerte que se debe de analizar donde se desarrolla el quehacer
del comerciante social del que se trata, donde nació o debe surtir efectos la
situación o relación jurídica a que se refiere el proceso y donde posee
establecimiento a su cargo.
En el presente caso,
cabe mencionar que tratándose del reclamo de cotizaciones previsionales y
comisiones no pagadas entre otros, de varios afiliados declarados por la
entidad demandada, cuya dirección se encuentra ubicada en el municipio de
Mejicanos, dato que se colige del Documento para el Cobro Judicial emitido por
la Administradora de Fondos de Pensiones CRECER, Sociedad Anónima, lugar donde
se generó la situación jurídica antes descrita, debemos atenernos a la regla de
competencia que establece la disposición legal citada en su inciso segundo, por
haber sido enviada la demanda, al Juzgado de lo Civil de Mejicanos (2),
previniéndose así jurisdicción en razón del territorio.
Por lo expuesto, se
determina que de los jueces en contienda, le corresponde el conocimiento del
asunto, al Juez de lo Civil de Mejicanos, departamento de San Salvador (2) y
así se declarará.”