MEDIDAS CAUTELARES
CARECE DE TODA
JUSTIFICACIÓN ADOPTARLA SI EL PROCESO NO HA DE INICIARSE POR RECHAZO LIMINAR,
YA QUE ES INSTRUMENTAL AL PROCESO JUDICIAL EN QUE DEBIERA SER DECRETADA
“2. Dado que la demanda deberá declararse improcedente, no es viable la
adopción de la medida cautelar requerida. La razón es que toda medida cautelar
es instrumental al proceso judicial en que debiera ser decretada. En tal
sentido, como lo ha sostenido esta sala con anterioridad, carece de toda
justificación adoptar una medida cautelar si el proceso no ha de iniciarse debido
a su rechazo liminar.
En consecuencia, también se declarará improcedente la petición de que se
decrete una medida cautelar en el presente proceso.”