SANA
CRÍTICA
CONSISTE EN LA
COMPARACIÓN Y CONCATENACIÓN DEL ACERVO PROBATORIO ENTRE SÍ, PORQUE EL ANÁLISIS
SESGADO DE LAS PRUEBAS DEL JUICIO, PUEDE OCULTAR LA VERDAD PROCESAL O SÓLO
OFRECER UN ASPECTO DE LA MISMA
“La sana crítica, es un sistema de
valoración de prueba que busca la determinación de la verdad a partir del
convencimiento razonado del Juez, basado en la aplicación de las reglas del
pensamiento humano. Esa valoración, se caracteriza por la posibilidad de que el
Juez logre sus conclusiones sobre los hechos de la causa, valorando la prueba
en su conjunto o de un modo integral, pero respetando los principios de la
recta razón, es decir, las normas de la lógica, la psicología y de la experiencia
común.
Y es que, la
observancia de las reglas de la Sana Crítica, no consiste en el análisis y
valoración individual o aislado de cada uno de los medios de prueba, sino, en
la comparación y concatenación del acervo probatorio entre sí, lo anterior
porque el análisis sesgado de las pruebas del juicio, puede ocultar la verdad
procesal o sólo ofrecer un aspecto de la misma, de modo que, si bien los Jueces
son soberanos en la apreciación de las pruebas, no es menos cierto que debe
existir un razonamiento lógico de los medios probatorios.
Por
último, referido al mismo punto de apelación, es importante destacar que, en
particular, en lo relativo a las máximas o reglas de la experiencia, se puede
establecer que se trata de la concurrencia de ciertos parámetros que permitan
explicar algunos acontecimientos a la luz de aspectos que son de conocimiento
general.”