SANA CRÍTICA

 

CONSISTE EN LA COMPARACIÓN Y CONCATENACIÓN DEL ACERVO PROBATORIO ENTRE SÍ, PORQUE EL ANÁLISIS SESGADO DE LAS PRUEBAS DEL JUICIO, PUEDE OCULTAR LA VERDAD PROCESAL O SÓLO OFRECER UN ASPECTO DE LA MISMA

 

“La sana crítica, es un sistema de valoración de prueba que busca la determinación de la verdad a partir del convencimiento razonado del Juez, basado en la aplicación de las reglas del pensamiento humano. Esa valoración, se caracteriza por la posibilidad de que el Juez logre sus conclusiones sobre los hechos de la causa, valorando la prueba en su conjunto o de un modo integral, pero respetando los principios de la recta razón, es decir, las normas de la lógica, la psicología y de la experiencia común.

 

            Y es que, la observancia de las reglas de la Sana Crítica, no consiste en el análisis y valoración individual o aislado de cada uno de los medios de prueba, sino, en la comparación y concatenación del acervo probatorio entre sí, lo anterior porque el análisis sesgado de las pruebas del juicio, puede ocultar la verdad procesal o sólo ofrecer un aspecto de la misma, de modo que, si bien los Jueces son soberanos en la apreciación de las pruebas, no es menos cierto que debe existir un razonamiento lógico de los medios probatorios.

 

            Por último, referido al mismo punto de apelación, es importante destacar que, en particular, en lo relativo a las máximas o reglas de la experiencia, se puede establecer que se trata de la concurrencia de ciertos parámetros que permitan explicar algunos acontecimientos a la luz de aspectos que son de conocimiento general.”