EXCUSA
LA AMISTAD
ÍNTIMA ENTRE EL JUEZ Y CUALQUIERA DE
LOS INTERESADOS, PUEDE ENTORPECER UN JUZGAMIENTO IMPARCIAL, TRANSPARENTE Y
OBJETIVO
"1. A efecto de resolver el incidente
que ocupa, este Tribunal estima relevante señalar que la imparcialidad judicial
es de tal envergadura que ha sido reconocida como una garantía procesal, cuyo
soporte jurídico lo encontramos regulado en los Arts. 186 Inc. 5 Cn., 4 Pr.
Pn., 14. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y 8.1 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
2. Dicho instituto exige que el juez
al intervenir en una causa que ha llegado a su conocimiento, se aproxime a los
hechos libre de todo prejuicio personal, pues, ésto le permitirá demostrar
credibilidad para despejar todo tipo de duda en el justiciable y en la sociedad
en general. El ordenamiento jurídico interno contempla tal garantía en los
Arts. 66, 67, 68, 69 y 72 del Código Procesal Penal, en ese sentido la excusa
es un mecanismo mediante el cual un funcionario judicial puede acogerse a una
causal de impedimento para inhibirse voluntariamente de conocer sobre un
determinado caso.
3. El Magistrado excusante, pretende
sustraerse de conocer el asunto basado en la causal N° 11 del Art. 66 Pr. Pn.,
la cual literalmente prescribe que un Magistrado se encuentra inhibido: “…Cuando tenga amistad íntima o enemistad
capital con cualquiera de los interesados o si ha habido entre cualquiera de
ellos agresión o amenazas graves o escritas…”; en ese orden de ideas, el
inciso final del referido artículo menciona: “…A los fines de este artículo se considerarán interesados, el imputado
y la víctima, aunque esta última no se haya constituido como querellante, el
actor y responsable civil, lo mismo que sus representantes, defensores y
mandatarios, así como el fiscal…”.
Sobre el supuesto de amistad íntima la doctrina lo ha entendido como: “…aquél afecto personal, puro y desinteresado, ordinariamente recíproco, que nace y se fortalece con el trato…” (Galán González, Candela, tesis doctoral titulada “Protección de la Imparcialidad judicial (abstención y Recusación)”, Tomo I, Universidad Autónoma de Madrid, Madrid, 2003, Pág. 184).