ÓRGANO INSTITUCIÓN

 

CONSIDERACIONES SOBRE SU VINCULACIÓN CON EL ÓRGANO PERSONA

 

XIII. Órgano institución y órgano persona

Finalmente los suscribientes quieren dejar constancia de lo siguiente: esta sentencia ha sido dictada como órgano institución por la Cámara Segunda de lo Penal de la Primera Sección del Centro de SS, representada por las magistradas titulares como órgano persona; resultando que durante todo el desarrollo de este incidente de apelación, desde que los recursos de apelación y el proceso penal fueron puestos a conocimiento de esta Cámara hasta la presente decisión, han transitado para la conformación original y reemplazante distintas magistradas y magistrados, por lo cual los suscribientes han finalizado sus funciones de acuerdo al mandato conferido, inicialmente para conocer del presente incidente de apelación, y posteriormente para la suscripción -en esta fecha- de esta sentencia; quedándole a las titulares proveer cualquier comunicación judicial o providencia, que posteriormente se suscitare con ocasión de este incidente de apelación, todo ello como resultado de sus facultades de dirección y ordenación oficiosa que se les ha conferido.

Lo anterior es sin perjuicio de la colaboración intrainstitucional que se les puede requerir a la magistrada y magistrado suplentes; o en cumplimiento a las instrucciones que puedan girar los tribunales superiores.”