ÓRGANO
INSTITUCIÓN
CONSIDERACIONES SOBRE SU VINCULACIÓN CON EL
ÓRGANO PERSONA
“XIII. Órgano institución y órgano persona
Finalmente los
suscribientes quieren dejar constancia de lo siguiente: esta sentencia ha sido
dictada como órgano institución por la Cámara Segunda de lo Penal de la Primera
Sección del Centro de SS, representada por las magistradas titulares como
órgano persona; resultando que durante todo el desarrollo de este incidente de
apelación, desde que los recursos de apelación y el proceso penal fueron puestos
a conocimiento de esta Cámara hasta la presente decisión, han transitado para la
conformación original y reemplazante distintas magistradas y magistrados, por
lo cual los suscribientes han finalizado sus funciones de acuerdo al mandato
conferido, inicialmente para conocer del presente incidente de apelación, y
posteriormente para la suscripción -en esta fecha- de esta sentencia; quedándole
a las titulares proveer cualquier comunicación judicial o providencia, que posteriormente
se suscitare con ocasión de este incidente de apelación, todo ello como resultado
de sus facultades de dirección y ordenación oficiosa que se les ha conferido.
Lo anterior es sin
perjuicio de la colaboración intrainstitucional que se les puede requerir a la
magistrada y magistrado suplentes; o en cumplimiento a las instrucciones que
puedan girar los tribunales superiores.”