PRINCIPIO DE VERDAD REAL
FINALIDAD
“En
concordancia con lo anterior, es necesario referirnos a uno de los principios
jurídicos que rigen el sistema penal, como es el de la “verdad real” o “verdad
procesal”, cuya finalidad
consiste en que el Juzgador, con la actividad probatoria que se ha producido en
juicio, logre verificar una reconstrucción histórica del hecho acusado a efecto
de establecer en su proveído lo que en realidad sucedió y así materializar la
realización de la justicia al caso concreto. Ese convencimiento que se plasma
en el fallo como requisito de validez, constituye la “determinación precisa y circunstanciada de los hechos”. Lo cual es
logrado a través del estudio de la totalidad de la prueba, pues, el propósito
de la misma es formar certeza respecto a la existencia o no del hecho acusado.”