PRINCIPIO DE VERDAD REAL

 

FINALIDAD

 

“En concordancia con lo anterior, es necesario referirnos a uno de los principios jurídicos que rigen el sistema penal, como es el de la “verdad real” o “verdad procesal, cuya finalidad consiste en que el Juzgador, con la actividad probatoria que se ha producido en juicio, logre verificar una reconstrucción histórica del hecho acusado a efecto de establecer en su proveído lo que en realidad sucedió y así materializar la realización de la justicia al caso concreto. Ese convencimiento que se plasma en el fallo como requisito de validez, constituye la “determinación precisa y circunstanciada de los hechos”. Lo cual es logrado a través del estudio de la totalidad de la prueba, pues, el propósito de la misma es formar certeza respecto a la existencia o no del hecho acusado.”