VÍCTIMA
ROLES EN EL DERECHO PENAL
“En ese sentido,
es un deber de los operadores judiciales pronunciar sus decisiones bajo una
perspectiva victimológica, que ha expuesto que en la actualidad, se postula
para las víctimas un tratamiento que les dé cabida en el ordenamiento procesal
penal, la cual es reconocida en instrumentos internacionales como la Declaración
de las Naciones Unidas sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las
Víctimas de Delitos y Abuso de Poder (ONU, 1985), así como los Principios y
Directrices Básicos sobre el Derecho de las Víctimas de Violaciones Manifiestas
de las Normas Internacionales de Derechos Humanos y de Violaciones Graves del
Derecho Internacional Humanitario a Interponer Recursos y Obtener Reparaciones
(ONU, 2005).
Desde esta nueva
perspectiva, deben tenerse presentes los roles de la víctima dentro del derecho
penal, entre ellos: (a) su participación en todo el procedimiento y en la
ejecución penal; (b) la inclusión de derechos sustantivos a las víctimas; (c)
la regulación del querellante y la ampliación de los supuestos de la querella,
para reivindicar su carácter autónomo o reducir la subsidiariedad en los
supuestos de conversión de la acción penal; (d) la conciliación en materia del
procedimiento especial en los delitos de acción privada; (e) la promoción de
acuerdos de tipo reparatorio en algunos delitos de persecución pública; y (f)
la enumeración de un catálogo de deberes que tanto las instituciones del
sistema penal como los sujetos procesales deben tener en cuenta en su relación
con las víctimas. Bajo esta óptica, el derecho de acceso o intervención de la
víctima al proceso penal implica una sustancial transformación en los
tradicionales sistemas de enjuiciamiento penal aperturando a los mismos nuevos
escenarios jurídicos, como los antes mencionados. (Ver Inconstitucionalidad
62-2012 del 17/7/2015).
En este misma
línea, la doctrina indica que es pertinente dar una respuesta: "... a
aquellas personas perjudicadas por el delito y habrá de ser el Sistema Penal el
encargado de paliar, en la medida de lo posible, las consecuencias
desfavorables que hayan marcado a una persona en cuanto víctima del
delito" (Sic) (Ver CUAREZMA TERÁM Sergio I., “LA VICTIMOLOGÍA”, Serie:
Estudios Básicos de Derechos Humanos Tomo V, Instituto Interamericano de
Derechos Humanos, Pág. 305.”