TESTIGOS

 

VALORACIÓN DE LAS DECLARACIONES TESTIFICALES

 

“2.1 La jurisprudencia ha desarrollado una doctrina sobre la valoración de las declaraciones testificales, señalando los factores a considerar en una razonable ponderación de los testimonios. Y debe recordarse que no se trata de condiciones objetivas de validez de la prueba sino de criterios o parámetros a que ha de someterse el juicio valorativo, en cuanto delimitan el cauce por el que ha de discurrir una valoración verdaderamente razonable, tales factores son:

 

         a) Ausencia de incredibilidad subjetiva, derivada de las relaciones acusador/acusado que pudieran conducir a la deducción de la existencia de un móvil de resentimiento, enemistad, venganza, enfrentamiento, interés o de cualquier índole que prive a la declaración de la aptitud necesaria para generar certidumbre; por tanto debe descartarse en primer lugar la existencia de móviles espurios (resentimiento, ánimo de fabulación).

 

        b) Verosimilitud: es decir constatación de la concurrencia de corroboraciones periféricas de carácter objetivo, que avalen la existencia del hecho. Se debe determinar si el contenido de la declaración es lógico y si, además, se apoya en datos objetivos, que estén suficientemente probados.

           

    De lo que se trata es de procurar alguna prueba que corrobore y dé verosimilitud a lo manifestado por el testigo, a fin que su declaración no quede como una simple manifestación verbal, ya que en otro caso se podría afirmar que tal declaración es producto de la imaginación del testigo o de un afán de perjudicar al acusado.

           

   Se exige por tanto que la declaración sea lógica y que además se apoye en corroboraciones periféricas de signo objetivo.

           

    c) Persistencia en la incriminación, que comprende un relato sin modificaciones esenciales, sin ambigüedades, ni contradicciones de fondo.

      

   Si no se detecta la concurrencia de ningún móvil espurio, que el contenido de la declaración es lógica y se apoya en corroboraciones periféricas, y además hay persistencia en la incriminación, se considera que el testimonio está impulsado por el ánimo de decir la verdad.”