IMPUESTOS

CARACTERÍSTICAS

1. El impuesto es el tributo exigido por el Estado a quienes se encuentran en las situaciones consideradas en la ley como hechos generadores indicativos de capacidad económica y que, por ende, son ajenos a toda actividad estatal relativa a los sujetos obligados (sentencias de 13 de marzo de 2006, de 9 de julio de 2010, de 17 de abril de 2013 y de 21 de junio de 2013, inconstitucionalidades 27-2005, 35-2009, 1-2008 y 43-2010, en ese orden).

Dicha conceptualización coincide con lo regulado en el art. 13 del Código Tributario, que define al impuesto como "[...] el tributo exigido sin contraprestación, cuyo hecho generador está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo". Como se observa, las características de los impuestos son: la independencia entre la obligación de pagarlo y la actividad que el Estado lleva a cabo con su producto -por ser tributo "no vinculado"-; la consideración por parte del legislador de circunstancias fácticas que revelen en el sujeto gravado indicio de capacidad para contribuir al sostenimiento del Estado (sentencias de 14 de enero de 2003 y de 13 de marzo de 2006, inconstitucionalidades 23-99 y 27-2005, respectivamente); y la sujeción por antonomasia a la potestad tributaria estatal.”