IMPUESTOS
CARACTERÍSTICAS
“1. El
impuesto es el tributo exigido por el Estado a quienes se encuentran en las
situaciones consideradas en la ley como hechos generadores indicativos de
capacidad económica y que, por ende, son ajenos a toda actividad estatal
relativa a los sujetos obligados (sentencias de 13 de marzo de 2006, de 9 de
julio de 2010, de 17 de abril de 2013 y de 21 de junio de 2013,
inconstitucionalidades 27-2005, 35-2009, 1-2008 y 43-2010, en ese orden).
Dicha
conceptualización coincide con lo regulado en el art. 13 del Código Tributario,
que define al impuesto como "[...] el tributo exigido sin
contraprestación, cuyo hecho generador está constituido por negocios, actos o
hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad
contributiva del sujeto pasivo". Como se observa, las características de
los impuestos son: la independencia entre la obligación de pagarlo y la
actividad que el Estado lleva a cabo con su producto -por ser tributo "no
vinculado"-; la consideración por parte del legislador de circunstancias
fácticas que revelen en el sujeto gravado indicio de capacidad para contribuir
al sostenimiento del Estado (sentencias de 14 de enero de 2003 y de 13 de marzo
de 2006, inconstitucionalidades 23-99 y 27-2005, respectivamente); y la
sujeción por antonomasia a la potestad tributaria estatal.”