PRUEBA TESTIMONIAL
VALORACIÓN DEL TESTIMONIO DE FAMILIARES O CONOCIDOS DEL IMPUTADO
“Del análisis de lo declarado por las
testigos, concluye ésta Cámara que eventualmente en un proceso se puede
estar frente a diferentes tipos de testigos, ya que habrá procesos
que sobre el testigo recae una sospecha de parcialidad, que en
lo medular significa que, dadas las condiciones particulares de los testigos no
se advierte su objetividad, con ello no estamos diciendo que de forma
automática y absoluta, a todos los familiares o conocidos de un imputado se les
deba descartar como si fuera “tacha de testigos”, pues ese sistema de valoración
hace años fue derogado; entonces, deberá analizarse caso por caso.
Al respecto, la Sala de lo Penal, en la
Sentencia de Casación con referencia 714-CAS-2007, de las 12 horas con 30
minutos del 25 de mayo del 2011, expresó: […] Tómese en cuenta que
la ley no desecha esta clase de testigos por la sola existencia de un vínculo
familiar con las partes […] Sin embargo, por la inicial sospecha de parcialidad
que genera esta circunstancia, sus testimonios deben ser analizados
con más recelo y cautela, tomando en cuenta cualquier
circunstancia que haga disminuir o incrementar la sospecha inicial de
parcialidad nacida por el vínculo familiar, hasta formar una convicción en el
juzgador acerca de su credibilidad. Para el caso, conviene valorar
otras pruebas periféricas que, confirmen -total o parcial, pero en
esencia- su dicho, o aumenten la sospecha de parcialidad, como la existencia de
móviles espurios […]”.
Es así que éste Tribunal concluye que,
en el caso de autos, la prueba ofrecida por la Defensa, no goza de la robustez
necesaria para desvirtuar la prueba de cargo, en primer lugar, en cuanto a la
testigo MERR ubica a la víctima exactamente en el lugar donde
manifiesta clave SAMUEL que sucedieron los hechos, a pesar se señalar que luego
este se subió a un camión de color blanco con otros sujetos más.
Y en cuanto a la testigo LQ, se
acredita que la misma trabaja con los imputados, de lo que se infiere su
intención que los mismos queden en libertad, asimismo es la propia testigo
quien manifiesta que “G” salió del lugar entre las 10 y 10 horas con treinta
minutos de la noche en una camioneta color gris, exactamente a la hora que
señala el testigo clave SAMUEL que sucedieron los hechos, y el vehículo color
gris que éste observó.
Por lo que, para esta Cámara la
hipótesis presenta por la defensa, no genera duda alguna que deba ser aplicada
a favor de los imputados como señala la señora Juez, pues más allá de las
declaraciones presentadas, no han sido corroborados con prueba
objetiva, creíble, libre de un interés o parcialización, son sólo sus
propias manifestaciones sin nada que realmente las respalde, operando frente
estas declaraciones el ya mencionado “principio de sospecha de
parcialidad” que si estuviera respaldado de evidencia objetiva e
independiente podría ser sustentable, más no es así, pues únicamente se cuenta
con el dicho de dos personas una de ellas cercana a dos de los imputados; al
respecto, la lógica nos indica que intentará sustraerlo de la escena del
delito, y la otra que ubica a la víctima en el mismo lugar que señala clave
“SAMUEL”.”