PRUEBA TESTIMONIAL

 

VALORACIÓN DEL TESTIMONIO DE FAMILIARES O CONOCIDOS DEL IMPUTADO

 

“Del análisis de lo declarado por las testigos, concluye ésta Cámara que eventualmente en un proceso se puede estar frente a diferentes tipos de testigos, ya que habrá procesos que sobre el testigo recae una sospecha de parcialidad, que en lo medular significa que, dadas las condiciones particulares de los testigos no se advierte su objetividad, con ello no estamos diciendo que de forma automática y absoluta, a todos los familiares o conocidos de un imputado se les deba descartar como si fuera “tacha de testigos”, pues ese sistema de valoración hace años fue derogado; entonces, deberá analizarse caso por caso.

Al respecto, la Sala de lo Penal, en la Sentencia de Casación con referencia 714-CAS-2007, de las 12 horas con 30 minutos del 25 de mayo del 2011, expresó: […] Tómese en cuenta que la ley no desecha esta clase de testigos por la sola existencia de un vínculo familiar con las partes […] Sin embargo, por la inicial sospecha de parcialidad que genera esta circunstancia, sus testimonios deben ser analizados con más recelo y cautela, tomando en cuenta cualquier circunstancia que haga disminuir o incrementar la sospecha inicial de parcialidad nacida por el vínculo familiar, hasta formar una convicción en el juzgador acerca de su credibilidad. Para el caso, conviene valorar otras pruebas periféricas que, confirmen -total o parcial, pero en esencia- su dicho, o aumenten la sospecha de parcialidad, como la existencia de móviles espurios […]”.

Es así que éste Tribunal concluye que, en el caso de autos, la prueba ofrecida por la Defensa, no goza de la robustez necesaria para desvirtuar la prueba de cargo, en primer lugar, en cuanto a la testigo MERR ubica a la víctima exactamente en el lugar donde manifiesta clave SAMUEL que sucedieron los hechos, a pesar se señalar que luego este se subió a un camión de color blanco con otros sujetos más.

Y en cuanto a la testigo LQ, se acredita que la misma trabaja con los imputados, de lo que se infiere su intención que los mismos queden en libertad, asimismo es la propia testigo quien manifiesta que “G” salió del lugar entre las 10 y 10 horas con treinta minutos de la noche en una camioneta color gris, exactamente a la hora que señala el testigo clave SAMUEL que sucedieron los hechos, y el vehículo color gris que éste observó.

Por lo que, para esta Cámara la hipótesis presenta por la defensa, no genera duda alguna que deba ser aplicada a favor de los imputados como señala la señora Juez, pues más allá de las declaraciones presentadas, no han sido corroborados con prueba objetiva, creíble, libre de un interés o parcialización, son sólo sus propias manifestaciones sin nada que realmente las respalde, operando frente estas declaraciones el ya mencionado “principio de sospecha de parcialidad” que si estuviera respaldado de evidencia objetiva e independiente podría ser sustentable, más no es así, pues únicamente se cuenta con el dicho de dos personas una de ellas cercana a dos de los imputados; al respecto, la lógica nos indica que intentará sustraerlo de la escena del delito, y la otra que ubica a la víctima en el mismo lugar que señala clave “SAMUEL”.”