VIOLENCIA DE GÉNERO
LA
DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER QUEBRANTA LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD DE DERECHOS
Y DEL RESPETO DE LA DIGNIDAD HUMANA
“1.- Previo a la respuesta al reclamo
formulado, esta Sala estima pertinente señalar que la Convención Interamericana
para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención
de Belém do Pará”; de la cual nuestro país en un Estado parte, indica que la
violencia contra la mujer constituye una vulneración de los derechos humanos y
las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el
reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades,
estableciéndose la preocupación porque la violencia contra la mujer es una
ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder
históricamente desiguales entre mujeres y hombres, resaltando que la
eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su
desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas
las esferas de vida.