MOTIVACIÓN
DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
CUANDO UN
ACTO DE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA TIENE INJERENCIA EN DERECHOS FUNDAMENTALES, ES
EXIGIBLE SU ADECUADA MOTIVACIÓN, CUYA AUSENCIA TRAE APAREJADA LA ILEGALIDAD DEL
ACTO ADMINISTRATIVO
“Por su parte, la motivación tiene como finalidad que el juez o autoridad administrativa, plasme las razones que lo impulsaron objetivamente a resolver en determinado sentido, a fin de hacer posible el convencimiento de los ciudadanos del porqué de las mismas. Es por tal razón, que el incumplimiento con la obligación de motivación adquiere connotación constitucional, pues su inobservancia incide negativamente en la seguridad jurídica y defensa en un proceso judicial o procedimiento administrativo. Sin los argumentos en que una decisión está fundamentada, se inobserva el sometimiento de las autoridades a la ley (sentencia de amparo de fecha 5/XI/2002, referencia 516-2001).
Bajo el mismo argumento, la SCA en sentencia de fecha
21/XII/2018, proceso bajo referencia 218-2014, resolvió sobre el aludido
principio que, cuando un acto de autoridad administrativa tiene injerencia en
derechos fundamentales, es exigible su adecuada motivación, cuya ausencia trae
aparejada la ilegalidad del acto administrativo. La SC, sostiene lo anterior en
reiterados procesos, manifestando que: “toda
autoridad en garantía a la seguridad jurídica y derecho de defensa, se
encuentra obligada a motivar sus resoluciones, a fin de que la persona conozca
los motivos considerados para proveer la decisión, y pueda defenderse
utilizando los medios impugnativos previstos por la ley, si se encuentra
inconforme con la resolución.” (sentencia de fecha 28/X/2008, proceso
referencia 111-2008).
Asimismo, la referida SCA en sentencia referencia 41-2005, de
fecha 29/I/2009, afirmó que: “la doctrina
ha otorgado a la motivación del acto administrativo como principales
finalidades: desde el punto de vista interno, asegurar la seriedad en la
formación de la voluntad de la Administración, desde el terreno externo,
formal, constituye una garantía para el interesado que podrá así impugnar en su
caso el acto, atacando las bases en que se funda; con ello, la motivación
también incide en el control jurisdiccional, en tanto posibilita el análisis
del criterio de decisión que indujo a la Administración a resolver en
determinado sentido.””