PRUEBA PARA MEJOR PROVEER
INEXISTENCIA DE APLICACIÓN ERRÓNEA DE LEY PORQUE LA PRÁCTICA OFICIOSA DE UNA PRUEBA COMO DILIGENCIA DE MEJOR PROVEER, QUEDA SUJETA A QUE SEA COMPLEMENTARIA DE LA PRUEBA OPORTUNAMENTE APORTADA Y CONTROVERTIDA POR LAS PARTES
“Aplicación errónea del art. 7 CPCM
El recurrente
señala que la proposición de la prueba corresponde exclusivamente a las partes
o terceros, sin embargo, respecto de prueba que ya fue debida y oportunamente
aportada y controvertida por las partes, el juez podrá ordenar diligencias para
mejor proveer con el fin de esclarecer algún punto oscuro o contradictorio, de
conformidad a lo dispuesto en este Código. En ese sentido, considera que la
jueza se encontraba facultaba para ordenar de oficio y realizar la inspección
judicial, por lo que estima que la Cámara Ad Quem se equivoca al sostener que
al hacerlo habría vulnerado el principio de imparcialidad, artículo 186 inc.5°
Cn.
A juicio del
impetrante, el error radica precisamente en que el tribunal hace una
interpretación aislada y no conforme al art. 7 CPCM, en consonancia con dicha
disposición el artículo 321 ambos del CPCM, pues señala que el Juez está
facultado para ordenar diligencias respecto de la prueba que ya fue debida y
oportunamente aportada y controvertida, es decir, la prueba documental y
testimonial de la parte demandante que fue aportada y controvertida y por tanto
estima que era procedente ordenar el reconocimiento judicial.
Por lo anterior, es
preciso traer a cuento lo que la Cámara ha sostenido en su sentencia, respecto
al art. 7 CPCM, la cual en lo esencial DICE: «[...] En cuanto a que el Juez
debió prescribir prueba para mejor proveer, tal como se desprende del art. 7
inc. final, parte segunda CPCM, es necesario reseñar que la finalidad de la
prueba es convencer al Juez -art. 312 CPCM- y, de conformidad a lo establecido
en el art. 321 CPCM, la carga de la prueba corresponde a las partes, siendo
obligación de éstas aportar al proceso los elementos de convicción pertinentes
e idóneos para que las pretensiones sean acogidas al momento de pronunciar
sentencia; así se tiene que la prueba para mejor proveer solo concurre en
aquellos casos en los cuales haya sido aportada y, a discernimiento del Juez,
existe algún punto oscuro de aclarar, en ningún caso es para introducir prueba
que no fue ofrecida y producida porque, de ser así, el Juez asume el riesgo de
vulnerar el Principio de Imparcialidad, art. 186 Inc. 5° Cn., al suplir de
propia cuenta las deficiencias u omisiones de alguno de los involucrados en el
conflicto jurídico que habrá de dirimir » (Sic)
Respecto a la
aplicación errónea denunciada, esta Sala considera que el error de derecho
aludido, se produce cuando el juzgador en el análisis de la norma aplicable a
los hechos concretos, no le da interpretación correcta o alcance que
corresponda a la significación de la misma.
En correspondencia
a dicha premisa, debe advertirse que la norma procesal invocada como
infringida, versa sobre la aportación de prueba, de manera más concreta la
imposición a las partes de la carga de alegación y prueba de los hechos que
fundamentan sus pretensiones. En tal virtud, debe recalcarse que el principio
de aportación regulado en el art. 7 CPCM, impone que no le corresponde al
Órgano Judicial ayudar a las partes a confeccionar el relato de hechos
jurídicamente relevantes y que sirven para sostener sus respectivas peticiones
de tutela, ni proponer qué medios de convicción pueden resultar más útiles y
eficaces para demostrar la veracidad de las afirmaciones de las partes, pues
esto tiene concordancia con lo que el legislador ha impuesto en el art. 321
CPCM, el cual establece que la carga de la prueba es exclusiva de las partes.
Sin embargo,
podemos observar de dichas normas, que el legislador de manera excepcional
establece respecto de la prueba que ya fue debidamente aportada y controvertida
por las partes, podrá el Juez ordenar diligencias para mejor proveer, con el
fin de esclarecer algún punto oscuro o contradictorio. El maestro Couture en su
“Teoría de las Diligencias para Mejor Proveer”, definió las diligencias de
mejor proveer, como “aquéllas diligencias probatorias que el Juez puede
disponer por propia iniciativa, destinadas a mejorar las condiciones de información
requeridas para la sentencia, de cuya génesis lógica forman parte”.
Al descomponer los
elementos contenidos del concepto que describe Couture, aparecen integrados los
siguientes valores: a) medidas probatorias; b) dependientes de la iniciativa
del juez; c) para mejorar la información que se le suministra; d) formando
parte de la génesis lógica de la sentencia. Lo cual significa, que dichas
diligencias quedan a iniciativa del juez y no de las partes, que tienen por
objeto único y exclusivo mejorar la información del juez, obtenida por medio de
las pruebas practicadas en el proceso, tratándose, por lo tanto de una prueba
complementaria, y que forma parte de la génesis lógica de la sentencia, porque
dichas medidas suponen un estudio anterior del material de conocimiento y
tienen como antecedente forzoso la convicción del juzgador de que los elementos
que le suministran para pronunciar el fallo son ambiguos o inconclusos.
Es así, que puede
concluirse que la única condición que ha señalado el legislador para la
práctica de diligencias para mejor proveer, es que tiendan a aclarar alguna
duda resultante de pruebas ya rendidas en el proceso. En suma las diligencias
de mejor proveer, tienen como finalidad, auxiliar al propio tribunal en la
intelección de las pruebas ya prácticas, cuando alguna arroja duda, pudiendo
ser ordenadas de oficio sin que las partes puedan oponerse, pero ello no
significa de manera alguna, que el tribunal deba suplir la negligencia de las
partes en la carga de proposición de prueba.
En ese sentido, el
reclamo que hace la parte recurrente, respecto que el Juez estaba facultado
para ordenar oficiosamente la realización del reconocimiento judicial, sin
vulnerar el principio de imparcialidad como lo sostiene la Cámara, es una
afirmación equivocada, pues como se ha señalado la practica oficiosa de una
prueba como diligencia de mejor proveer, queda sujeta a que sea complementaria
de la prueba oportunamente aportada y controvertida por las partes, por lo cual
esta Sala concluye que no existe aplicación errónea del art. 7 CPCM, no siendo
procedente casar la sentencia respecto este motivo.”