ERROR DE DERECHO EN LA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA DOCUMENTAL

DECLARATORIA DE INADMISIBILIDAD CUANDO EL RECURRENTE NO DETALLA DE FORMA INDUBITABLE A QUÉ MEDIO DE PRUEBA SE REFIERE, NO ATACA LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA HECHA POR EL AD QUEM, NI MANIFIESTA CUÁL CONSIDERA ES EL EXAMEN VALORATIVO PERTINENTE

“Error de Derecho en la Apreciación de la Prueba Documental 461 CT.

Aduce el licenciado Peraza Goyenaga, que el Ad Quem valoró de forma abusiva un documento, pues el mismo únicamente contiene la constancia de recepción del preaviso, el cual no equivale a la renuncia, de tal suerte que dicho Tribunal, valoró de forma excesiva el documento en mención, al determinar en su fallo: “se ha consignado una razón de acuse de recibido en la copia del preaviso presentado por la parte y además en la parte superior hay una leyenda como fecha de programación de pago, para el día seis de marzo de dos mil diecisiete que coincide con los quince días, posteriores a la fecha que se nomina en la demanda que surtiría efecto la renuncia”. Debido a ello estima, que la Cámara al valorar de forma abusiva y arbitraria la prueba referida, suplió la obligación de la trabajadora de probar que presentó la renuncia con las formalidades que exige la ley.

Para que se configure el Error de Derecho en la Apreciación de la Prueba, es menester, que el Ad Quem haya errado al valorarla, es decir, no le haya dado el valor que en realidad tiene de acuerdo a la ley o lo haya hecho en contra de las reglas de la sana crítica.

En cuanto a lo planteado es menester señalar, que el recurrente no detalla de forma indubitable a qué medio de prueba se refiere y en todo caso, no ataca la valoración de la prueba hecha por la Cámara, ni manifiesta cuál considera es el examen valorativo pertinente, sino que se enfoca en lo que dicho Tribunal coligió de la lectura del documento, es decir, describe de forma vaga un Error de Hecho, más no así, el Error de Derecho que invoca, tal incongruencia entre lo argumentado y el vicio alegado, deviene en su inadmisibilidad y así ha de declararse.”