JUICIO EJECUTIVO

 

REQUISITOS DEL JUICIO EJECUTIVO

 

“En primer lugar, esta Cámara deja constancia que el presente Juicio Ejecutivo se inició bajo el amparo de la anterior normativa del Código de Procedimientos Civiles y Ley de Procedimientos Mercantiles por lo cual, la decisión judicial que se dicte en el presente juicio, lo será siempre bajo el articulado de la normativa actualmente derogada por el nuevo Código Procesal Civil y Mercantil, pero aplicables al caso que se estudia.

En segundo lugar, se hace ver que el Juicio Ejecutivo, es un procedimiento que se entabla a instancia de un acreedor legítimo en contra de un deudor que ha caído en mora, con la finalidad de exigirle el pago de una cantidad líquida debida, de plazo vencido, y con basamento en un documento indubitado, esto es, un documento o título ejecutivo del que resulta el derecho al despacho de la ejecución; este título base de la acción ejecutiva debe contener los siguientes requisitos: a) un título que conforme a la ley exhibe fuerza ejecutiva, esto es que trae aparejada ejecución; b) un acreedor legítimo o persona con derecho para pedir; c) un deudor cierto; d) una deuda líquida; y e) una obligación exigible y de plazo vencido.-”