JUICIO EJECUTIVO
REQUISITOS
DEL JUICIO EJECUTIVO
“En primer lugar,
esta Cámara deja constancia que el presente Juicio Ejecutivo se inició bajo el
amparo de la anterior normativa del Código de Procedimientos Civiles y Ley de
Procedimientos Mercantiles por lo cual, la decisión judicial que se dicte en el
presente juicio, lo será siempre bajo el articulado de la normativa actualmente
derogada por el nuevo Código Procesal Civil y Mercantil, pero aplicables al
caso que se estudia.
En segundo lugar, se hace ver que
el Juicio Ejecutivo, es un procedimiento que se entabla a instancia de un
acreedor legítimo en contra de un deudor que ha caído en mora, con la finalidad
de exigirle el pago de una cantidad líquida debida, de plazo vencido, y con
basamento en un documento indubitado, esto es, un documento o título ejecutivo
del que resulta el derecho al despacho de la ejecución; este título base de la
acción ejecutiva debe contener los siguientes requisitos: a) un título que
conforme a la ley exhibe fuerza ejecutiva, esto es que trae aparejada
ejecución; b) un acreedor legítimo o persona con derecho para pedir;
c) un deudor cierto; d) una deuda líquida; y e) una obligación exigible y de
plazo vencido.-”