GASTOS
SON DEDUCIBLES AQUELLOS NECESARIOS PARA OBTENER LOS INGRESOS Y EL IMPORTE DEL DETERIORO SUFRIDO POR LOS BIENES DE LOS CUALES PROCEDEN LOS INGRESOS
“3.2) DE LA NECESARIA DEDUCCIÓN DE COSTOS Y GASTOS.
Como regla general, son gastos
deducibles los necesarios para obtener los ingresos y el importe del deterioro
sufrido por los bienes de los cuales proceden los ingresos. La necesidad del
gasto ha sido interpretada por la jurisprudencia con mayor rigor que lo que
parece demandar la realidad económica actual.
La Ley de Impuesto sobre la
Renta, en lo referente a las deducciones de los Costos y Gastos, para efectos
de computar la Renta Neta, se inspira en el principio universal de que los
costos y gastos reclamados para ser deducibles de los ingresos, deben además de
estar debidamente comprobados, ser necesarios para la producción y la
conservación de la fuente de ingresos.
El tratadista Guiliani Fonrouge
señala, cómo debe entenderse el término gastos necesarios y cita que desde el
punto de vista gramatical, gastar proviene del latín "vastare",
destruir y que consiste en "emplear dinero en algo"; en tanto que las
normas tributarias asignan a la palabra gasto el significado genérico de "detracción",
es decir, aquello que se sustrae, resta o aparta, y que no sólo incluye gastos
propiamente dichos sino también costos y cargas e importes apartados para
ciertas eventualidades, siempre que sean inherentes al rendimiento. Así que,
tales gastos para sus consideraciones a los fines del balance fiscal, es
indispensable que sean primeramente necesarios para la finalidad económica, que
estén destinados a mantener la fuente, y que estén documentados
individualizadamente. (GiulianiFonrouge, Carlos M.
Derecho Financiero 6° Edición, Buenos Aires, Editorial Depalma 2000, tomo II,
pág. 1070)”