GASTOS

SON DEDUCIBLES AQUELLOS NECESARIOS PARA OBTENER LOS INGRESOS Y EL IMPORTE DEL DETERIORO SUFRIDO POR LOS BIENES DE LOS CUALES PROCEDEN LOS INGRESOS


“3.2) DE LA NECESARIA DEDUCCIÓN DE COSTOS Y GASTOS.

Como regla general, son gastos deducibles los necesarios para obtener los ingresos y el importe del deterioro sufrido por los bienes de los cuales proceden los ingresos. La necesidad del gasto ha sido interpretada por la jurisprudencia con mayor rigor que lo que parece demandar la realidad económica actual.

La Ley de Impuesto sobre la Renta, en lo referente a las deducciones de los Costos y Gastos, para efectos de computar la Renta Neta, se inspira en el principio universal de que los costos y gastos reclamados para ser deducibles de los ingresos, deben además de estar debidamente comprobados, ser necesarios para la producción y la conservación de la fuente de ingresos.

El tratadista Guiliani Fonrouge señala, cómo debe entenderse el término gastos necesarios y cita que desde el punto de vista gramatical, gastar proviene del latín "vastare", destruir y que consiste en "emplear dinero en algo"; en tanto que las normas tributarias asignan a la palabra gasto el significado genérico de "detracción", es decir, aquello que se sustrae, resta o aparta, y que no sólo incluye gastos propiamente dichos sino también costos y cargas e importes apartados para ciertas eventualidades, siempre que sean inherentes al rendimiento. Así que, tales gastos para sus consideraciones a los fines del balance fiscal, es indispensable que sean primeramente necesarios para la finalidad económica, que estén destinados a mantener la fuente, y que estén documentados individualizadamente. (GiulianiFonrouge, Carlos M. Derecho Financiero 6° Edición, Buenos Aires, Editorial Depalma 2000, tomo II, pág. 1070)”