PERITAJE DE PARTE
"e. DE LA PRUEBA DE PERITAJE DE PARTE.
EL RECHAZO DEL DICTAMEN PERICIAL DE PARTE NO CONSTITUYE VIOLACIÓN ALGUNA, CUANDO NO ES OFRECIDO COMO TAL EN LA AUDIENCIA PREPARATORIA, NO OBSTANTE HABERSE HECHO EN LA DEMANDA EL OFRECIMIENTO RESPECTIVO
"i) Dice la recurrente […], que en cumplimiento de lo establecido en el Art. 288 Inc.
ii) Estima la recurrente que cumplió con lo dispuesto en las disposiciones mencionadas pues el peritaje se agregó con la demanda, por lo que, no comprende porque fue rechazada, y si se hubiera permitido hubiese existido otro peritaje no cuestionado y la sentencia hubiese sido en otros términos o condiciones, especialmente en lo que respecta a la indemnización de daños y perjuicios por el previo conocimiento del demandado y la ocultación de los daños.
iii) Este tribunal, respecto del peritaje de parte estima que de conformidad con el Art.
iv) En el escrito de demanda se hizo el ofrecimiento respectivo, y se encuentra agregado de fs. […] el dictamen pericial de parte emitido por el Ingeniero […] y el Arquitecto […] el veintiséis de septiembre de dos mil once, sin embargo, en la audiencia preparatoria no lo ofreció como tal, sino que pidió que se nombraran a los mismos peritos a fin de que ratificaran el contenido de su dictamen, petición distinta al ofrecimiento formulado en la demanda de fs. […], por consiguiente, tal diligencia probatoria no fue ofrecida en la misma, tal como lo disponen los Arts. 276 Inc. 2 Ord. 7°, 335 y