DERECHO DE PROPIEDAD
DEFINICIÓN
“c) Derecho de Propiedad.
El
Derecho a la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien,
por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más
limitaciones que las que imponga la Ley. Es el derecho real que implica el
ejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico
concede sobre un bien.
El
objeto del derecho de propiedad está constituido por todos los bienes
susceptibles de apropiación. Para que se cumpla tal condición, en general, se
requieren tres condiciones: que el bien sea útil, ya que si no lo fuera,
carecería de fin la apropiación; que el bien exista en cantidad limitada, y que
sea susceptible de ocupación, porque de otro modo no podrá actuarse.”