DERECHO DE RESPUESTA

CORRELATIVO AL DERECHO DE PETICIÓN, MEDIANTE EL MISMO SE EXIGE A LOS FUNCIONARIOS ESTATALES RESPONDER LAS SOLICITUDES QUE SE LES PLANTEEN

“Por este derecho se entiende como correlativo al derecho de petición, y es mediante el cual se exige a los funcionarios estatales responder las solicitudes que se les planteen, lo cual no puede limitarse a dar constancia de haberse recibido la petición, sino que la autoridad correspondiente deberá resolverla conforme a las facultades que legalmente le han sido conferidas, en forma congruente y oportuna, y hacerlas saber, y ello implica que tal resolución no deberá necesariamente ser favorable a lo pedido, sino solamente dar la correspondiente respuesta.

El principio de Seguridad Jurídica se consagra en el artículo 1 de la Constitución de la República como un bien jurídico primordial, el cual es objetivo de la actividad del Estado. En ese sentido, la Administración Pública está llamada a garantizar dicha categoría jurídica a todos los habitantes de la República.

Este principio impone el derecho de petición y respuesta a los habitantes de la República, del cual no implica que la respuesta deba ser favorable a las pretensiones del peticionario, sino la de obtener una respuesta congruente sobre el motivo invocado, independientemente cual sea el resultado de la misma.”

 

SITUACIONES QUE SE ENMARCAN EN EL MISMO

“b)       Sobre la violación al derecho de Respuesta.

Este derecho se encuentra resguardado en el artículo 18 de la Constitución de la República, el cual se podría dividir en dos situaciones diferentes, la primera es el derecho de petición del ciudadano (incluyendo a la sociedad demandante) de realizar cualquier solicitud a un funcionario estatal (Oficina de Mantenimiento Catastral del departamento de La Libertad). La segunda situación jurídica que se enmarca en el referido artículo, es la obligación que tiene el funcionario estatal, no solo de resolver las peticiones de los ciudadanos, sino también, hacer del conocimiento la respuesta emitida a la petición.