EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
LEGAJO QUE REÚNE DE FORMA
ORDENADA TODAS LAS ACTUACIONES PRODUCIDAS POR LA ADMINISTRACIÓN Y LOS
DESTINATARIOS DE TAL ACTIVIDAD EN SEDE ADMINISTRATIVA, POR LO QUE NO
DOCUMENTAN ACTIVIDAD JURISDICCIONAL ALGUNA
“III. El
artículo 166 inciso 1° del Código Procesal Civil y Mercantil establece: "De
cualquier expediente judicial podrán las partes o quien tuviere interés
legítimo obtener certificación íntegra o parcial del mismo" (el
subrayado es propio).
En
virtud de la disposición relacionada, esta Sala se encuentra facultada para
expedir certificaciones íntegras o parciales de los expedientes
judiciales que tramita y no de documentos que no constituyen el expediente judicial o forman parte de éste, verbigracia, los expedientes
administrativos.
El expediente judicial compone un conjunto de documentos que dan constancia de las actuaciones desarrolladas por las partes y el juzgador en la tramitación de un proceso. Tal circunstancia permite a los tribunales jurisdiccionales certificar sus propias actuaciones.
Por el contrario, los expedientes administrativos no documentan actividad jurisdiccional alguna. Estos constituyen un legajo que reúne, de forma ordenada (cronológica y sistemáticamente), todas las actuaciones producidas por la Administración y los destinatarios de tal actividad, en sede administrativa.”
SALA NO ES MAS
QUE UNA MERA DEPOSITARIA DEL MISMO, POR LO QUE NO PUEDE EXPEDIR CERTIFICACIONES
DE ÉL, TAL ATRIBUCIÓN ÚNICAMENTE COMPETE A LOS ENTES ADMINISTRATIVOS QUE LO
DILIGENCIARON Y LO REMITIERON A SEDE JUDICIAL PARA SU ESTUDIO
Este tribunal es
un depositario del expediente administrativo requerido de las autoridades
demandadas en este proceso, con la finalidad de utilizarlo como insumo
probatorio para emitir las resoluciones respectivas.
Tal expediente
es propiedad de las mencionadas autoridades, entes administrativos que lo
diligenciaron y lo remitieron a esta sede para su estudio, otorgando a este
tribunal una custodia temporal sobre el mismo. De ahí que esta Sala no puede
expedir certificaciones del referido expediente administrativo."