[ACCIÓN RESCISORIA]
[FINALIDAD Y REQUISITOS PARA SU EJERCICIO]
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[NECESARIA EXISTENCIA DE
Estos requisitos deben ser concurrentes y estar necesariamente vinculados el crédito al acto fraudulento; pero, considerando que la buena fe se presume y que la mala fe se debe probar, quien recurra a la acción pauliana debe probar la mala fe del comprador de los bienes vendidos por quien se hizo voluntariamente insolvente, ya que en ese caso, la ley presume que el comprador actuó de buena fe, y mientras tanto el demandante no pruebe lo contrario, el Juez no podrá ordenar la revocación de los negocios jurídicos en discusión. Se insiste, hay que demostrar que el comprador actuó de común acuerdo con el vendedor para defraudar al acreedor, comprobando, la complicidad del tercero que contrató con el deudor, pues sólo en la medida en que aquél conozca el mal estado de los negocios de éste, queda expuesto a la acción del acreedor, como lo consagra el precepto contenido en el Art.2215 disposición
Con la acción pauliana, se busca que el Juez revoque los actos y contratos realizados por el deudor que lo llevaron a la insolvencia, lo cual implica que de prosperar tal pretensión, el comprador tendrá que devolver los bienes correspondientes.
[DECLARATORIA DE INEPTITUD DE LA PRETENSIÓN AL OMITIR DEMANDAR AL TERCERO CONTRATANTE]
El hecho que un tercero se vea involucrado en la medida en que tendrá que devolver los bienes por la revocación del negocio jurídico que le confirió el dominio, significa que la acción deba ejercerse también contra él, en el caso sub júdice la demanda es inepta por cuanto carece de las condiciones básicas que permitan establecer la adecuada relación jurídica procesal, entre demandante y demandado, imposibilitando al tribunal para dictar una sentencia sobre el fondo de la cuestión debatida, ya que ello implicaría afectar los intereses jurídicamente protegidos de una persona, sin ser previamente oída y vencida en juicio, ya que en el presente caso la sentencia afectaria por igual a las dos sociedades implicadas en el contrato de compraventa, cuya revocatoria se ha solicitado en la demanda, que el hecho de tener un representante legal en común, no significa que sean dos personas idénticas ya que jurídicamente son totalmente diferentes, cada una con su propia personalidad.
VII) Por las anteriores razones