[TITULOS VALORES]

[CARACTERÍSTICA DE LITERALIDAD]

 

"Las reglas que determinan los criterios de competencia existen, entre otros motivos, para garantizar los derechos de toda persona demandada, en forma especial el de defensa.

 

El conflicto de que se trata, tiene su origen en virtud que ambos jueces estiman no ser competentes para conocer en razón del territorio. Es consecuencia, es preciso traer a cuento lo que la normativa aplicables al caso señala.

 

El Art. 623 Com., establece: «Son títulosvalores los documentos necesarios para hacer valer el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna» [...]. El Art. 634 Com., al referirse a la característica de la literalidad de los títulosvalores, estipula: «El texto literal del documento determina el alcance y modalidades de los derechos y obligaciones consignados. La validez de los actos que afecten la eficacia de los títulosvalores, requiere que consten precisamente en el cuerpo del documento, salvo disposición legal en contrario.»

 

[FIJACIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL PARA LOS EFECTOS LEGALES DE LA OBLIGACIÓN NO SURTE EFECTOS POR NO SER SU NATURALEZA LA DE UN CONTRATO]

 

Los títulosvalores no son contratos por lo tanto la declaración de v

oluntad impresa en ellos constituye la literalidad e incorporación del mismo. El Pagaré es un títulovalor que contiene la promesa unilateral de pago escrita en cuya virtud, una persona se  obliga a pagar a otra o a su orden una suma de dinero cierta.

 

En el caso en estudio, de la lectura del Pagaré presentado como base de la pretensión, se advierte que el ejecutado se obliga a pagar en la ciudad de El Tránsito, a la orden del ejecutante, la cantidad de [...], en la fecha de vencimiento; y para los efectos legales de esta obligación fijó como domicilio especial la ciudad de Usulután; sin embargo, tal cláusula no puede surtir efectos por tratarse de un títulovalor y

no de -un contrato; por ende, debe observarse para el caso, lo que el Art. 788 Com. en su romano IV indica: "Época y lugar de pago".

En definitiva, pues, conforme a las disposiciones transcritas, y en aplicación a la literalidad del títulovalor base de la pretensión, en el que consta como lugar de cumplimiento del pago la ciudad de El Tránsito, San Miguel; y así como a los principios rectores del proceso como los "Economía Procesal", "Celeridad", "Abreviación", "Inmediación" y el de una "Tutela Judicial Efectiva", el competente para conocer y sentenciar el proceso ejecutivo mercantil en examen, es el Juez de Primera Instancia de Chinameca y así se declarará".